Los Preambulos están para algo




Es decir, que en 2011, se actualizó, adecuó y modernizó por LEY el Sistema de Seguridad Social, entre otras cosas, para aclarar que el percibo de esa pensión es compatible con la Segunda Actividad.
Lo que yo digo es que contravenir eso ahora no tiene justificación, y no es un error, responde a una actividad delictiva premeditada, como mínimo es una Prevaricación.
Los Preámbulos de las Leyes están para algo, y tanto la Administración (incluido el INSS) como el poder judicial (incluido el tribunal supremo) se tienen que someter a las Leyes, aunque en una y otro haya concretas personas a las que no les gusten esas Leyes y/o le guarden ODIO y RENCOR a los colectivos a los que se les aplican.
